LA EDUCACIÓN EN EL HOGAR EN PUERTO RICO PREGUNTAS MÁS FRECUENTES
Distribuido por “Home School Legal Defense Association”
1. ¿QUÉ ES LA EDUCACIÓN EN EL HOGAR?
Muchos padres cristianos están comprometidos con la educación en el hogar. La educación en el hogar crece rápidamente. Actualmente, en los Estados Unidos hay más de dos millones de niños que están siendo educados en el hogar. En Puerto Rico, no se conoce con exactitud la cantidad de familias que están educando a sus niños en el hogar, pero allí también los números aumentan. Hay varias razones que motivan a los padres a escoger la educación en el hogar. Muchos quieren que sus hijos reciban una educación religiosa. Otros padres piensan en la seguridad de sus hijos en las escuelas y en la falta de valores. También hay otros que creen que sus hijos pueden aprender mejor en el ambiente familiar donde el programa educativo puede ser dirigido según las necesidades particulares de cada niño, en vez de forzarlo a adaptarse a un programa educativo. Algunos padres enseñan a sus hijos en el hogar para poder satisfacer alguna necesidad especial del niño. Con el crecimiento de la educación en el hogar, hay también más interés de parte de los funcionarios públicos y de los burócratas en el gobierno. La intención de este documento es contestar las preguntas más comunes de las familias que actualmente están educando en el hogar, y de cualquier persona que tenga un interés en la educación en el hogar en Puerto Rico.
2. ¿ES LEGAL LA EDUCACIÓN EN EL HOGAR EN PUERTO RICO?
Sí. La asistencia a la escuela pública es obligatoria para niños de 5 a 18 años de edad. Sin embargo, existe una exención de asistencia para los que reciben una educación en escuelas establecidas bajo los auspicios no gubernamentales. La ley no define ni regula con claridad qué escuelas son las que cualifican como una escuela no gubernamental, pero dice que una escuela primaria o secundaria que ofrece, promete, anuncia, o de otra manera expresa la intención de dar un certificado, diploma, título, o licencia está obligada obtener una licencia del Consejo General de Educación. La mayoría de educadores en el hogar operan como escuelas separadas del gobierno, y usan sus propias transcripciones para comprobar las notas y el trabajo completado en vez de usar un diploma oficial.
El Departamento de La Familia (a través de ADSEF, Administración de Desarrollo Socio-Económico de La Familia), que administra el programa de ayuda económica y de nutrición para familias indigentes, reconoce que la educación en el hogar cumple con los requisitos académicos para ser una alternativa válida.
3. ¿EXISTEN CASOS LEGALES EN PUERTO RICO REFERENTES A LA EDUACIÓN EN EL HOGAR?
No. Aunque no existen casos, la ley permite que cualquier familia pueda operar una escolar no gubernamental en el hogar. No existe en Puerto Rico ninguna ley que reconozca expresamente la educación en el hogar, ni ninguna que establezca algún criterio para regular el funcionamiento de una escuela en el hogar, pero es claro que los educadores en el hogar están exentos de la asistencia obligatoria a la escuela pública. Por lo menos diez estados tienen situaciones parecidas, en las cuales el educador en el hogar opera como una escuela privada, ya que no hay ningún estatuto ni ley que establezca requisitos para educar en el hogar.
4. ¿EXISTE ALGÚN REQUISITO QUE EXIJA A LOS PADRES ESTAR CERTIFICADOS?
No.
5. ¿ES OBLIGATORIO PARA LOS ESTUDIANTES EDUCADOS EN EL HOGAR TOMAR EXAMENES ESTANDARIZADOS?
No. Puerto Rico ha dejado a discreción de los padres que educan en el hogar decidir si la educación de sus hijos es adecuada o no. Eso es consistente con la convicción de que Dios ha ordenado a los padres el dirigir la crianza y educación de sus hijos. En Puerto Rico, los padres que escogen educar en el hogar ahorran dinero al gobierno no enviando a sus hijos a la escuela pública, mientras siguen pagando los impuestos, con ello sostienen a las escuelas públicas. Por consiguiente, el Estado Libre Asociado de Puerto Rico debe considerar la educación en el hogar como un beneficio para el país.
6. ¿DEBE HABER MÁS REQUISITOS PARA LAS FAMILIAS QUE EDUCAN EN EL HOGAR?
No. Estudios nacionales demuestran que estudiantes educados en el hogar superan muy bien las pruebas estandarizadas. Los estudiantes educados en el hogar obtienen resultados que están un treinta por ciento más altos que el promedio. Aunque no hay ningún estudio hecho concretamente con los estudiantes de Puerto Rico, no hay ninguna razón para creer que los resultados en Puerto Rico serían distintos a los resultados nacionales. Los padres que escogen educar en el hogar lo hacen porque creen que es lo mejor para sus hijos. Están seguros de que pueden dar a sus hijos una mejor educación que la que recibirían en las escuelas públicas o privadas. Esta es una tendencia positiva en Puerto Rico, teniendo en cuenta el hecho de que en algún momento hasta un cuarenta por ciento de niños que deberían asistir a las escuelas públicas, no lo hacen. Hoy en día, muchas universidades admiten a los graduados de escuelas en el hogar, incluso la Universidad de Puerto Rico, atestiguando la aceptabilidad de su preparación y la capacidad de sus padres.
7. ¿HA HABIDO INTENTOS PARA REGULAR LA EDUCACIÓN EN EL HOGAR EN PUERTO RICO?
Sí. El Proyecto de la Cámara 3048 (PC 3048) fue introducido por el presidente de la Comisión de Educación y Cultura, Hon. José Javier García Cabán, durante la sesión legislativa de 2002. HSLDA ha calificado el PC 3048 como el peor proyecto que ha sido propuesto durante la historia de la educación en el hogar. El proyecto de ley fue referido a la Comisión de Educación y Cultura. Este proyecto de ley propone lo siguiente:
* El requisito de presentar una declaración jurada anual;
* En dicha declaración jurada se exigen los números de seguro social, evidencia de vacunación, y una certificación de que el profesor (padre o madre) y todos los adultos que viven en el hogar no han sido condenados por violar una ley de “depravación moral” durante los últimos 5 años.
* El plan de estudios ha de ser enviado junto con la declaración jurada anual y debe cumplir con los elementos básicos de la educación requerido por el gobierno de Puerto Rico y determinado por un Consejo de cinco miembros nombrados por el Gobernador.
* Cada estudiante educado en el hogar tendría que ser evaluado anualmente a través de una entrevista por un psicólogo licenciado o por un profesor certificado.
* Este Consejo decidiría si el progreso académico de los estudiantes es adecuado.
* También sería un requisito administrar a cada estudiante educado en el hogar la misma prueba proporcionada anualmente a los estudiantes de escuela pública de Puerto Rico.
* Los padres que enseñan a sus hijos sin un grado universitario tendrían que ser supervisados por un profesor privado y los padres tendrían que reunirse semanalmente con el profesor.
* La supervisión al hogar de las familias que educan en casa; esto se haría por medio de visitas de un profesor empleado por el Consejo creado por esta ley.
8. ¿CUÁL ES EL ESTATUS DE PC 3048?
El autor del PC 3048 llevó a cabo tres vistas públicas. La primera vista fue el 6 de noviembre de 2002. Se estima que más que 300 padres que educan en el hogar asistieron a la audiencia, incluyendo al presidente de HSLDA, Michael Smith. El señor Smith testificó ante la Comisión de Educación y Cultura explicando que el PC 3048 era el peor proyecto de ley que jamás se había presentado en una legislatura con respecto a la educación en el hogar. Además indicó que no es necesaria una regulación para la educación en el hogar en Puerto Rico. Varias familias que educan en el hogar testificaron en cuanto a sus programas educativos y también en contra del proyecto de ley. El autor indicó que el proyecto de ley era simplemente un paso para comenzar la regulación e invitó a los educadores en el hogar a participar en la redacción de un mejor proyecto de ley. La noche siguiente, en una reunión llevada a cabo en una iglesia, HSLDA advirtió fuertemente a los educadores en el hogar que no participaran en ningún esfuerzo para regular la educación en el hogar en Puerto Rico, ni que tampoco ayudaran en el proceso de redactar una legislación con el autor. HSLDA y las varias organizaciones de la educación en el hogar de Puerto Rico no fueron los únicos en oponerse al proyecto de ley. El Departamento de Educación se opuso al proyecto de ley y un representante de la Federación de Maestros de Puerto Rico indicó que su organización también se oponía al proyecto de ley. Tal parece que el autor no intentará aprobar el PC 3048, pero podría intentar conseguir algún tipo de enmienda al proyecto de ley o un proyecto sustitutivo que cuente con el apoyo de los educadores en el hogar. Continuamos exhortando a los educadores en el hogar de Puerto Rico para que mantengan el status quo y no se sometan a una regulación que reduzca la libertad de educar en el hogar.
9. ¿DEBEN LOS EDUCADORES EN EL HOGAR ACCEDER A UNA LEY QUE REGULE LA EDUCACIÓN EN EL HOGAR EN PUERTO RICO?
No. La ley establece claramente que las escuelas en el hogar en Puerto Rico son escuelas privadas. Como las familias que educan en el hogar, están enseñando a sus hijos responsablemente y preparando buenos ciudadanos, no hay justificación para regular la educación el hogar. Los individuos hacen un trabajo mejor cuando se dan cuenta de que tienen toda la responsabilidad del éxito de su empresa. La regulación restringiría el número de padres que cualifiquen inicialmente para enseñar a sus niños en el hogar y estorbaría la virtud de este tipo de educación que es capaz de crear un programa educativo para satisfacer las necesidades individuales de cada niño. Por el contrario, cualquier regulación normalmente requerirá la estandarización de la educación, de las pruebas, y de las evaluaciones; esto no es para el beneficio del niño.
10. ¿ASISTE HSLDA A SUS MIEMBROS CON LA VERIFICACIÓN DE ASISTENCIA A LA ESCUELA CON EL PROPÓSITO DE CONSEGUIR AYUDA DEL GOBIERNO?
Sí. HSLDA provee la certificación y la envía por fax al técnico del caso. Los siguientes detalles se requieren para la certificación:
* nombre completo y número de Seguro Social del solicitante;
* nombre completo, nivel del grado, y número de Seguro Social de todos los estudiantes de la escuela en el hogar;
* nombre completo, dirección del técnico del caso, y el número de fax si es necesario.
Nuestras certificaciones están respaldadas por la disponibilidad de nuestro abogado local en Puerto Rico. Por más de 6 años el HSLDA ha estado proveyendo la certificación de la educación en el hogar para el Departamento de la Familia (ADSEF). Otras agencias gubernamentales siguen su ejemplo, como el Programa de Asistencia Médica (“tarjeta de salud”) y el Plan 8 (el incentivo de la vivienda).
11. ¿CÓMO TRATA HSLDA A SUS MIEMBROS QUE NO HABLAN EL INGLÉS?
HSLDA utiliza a Tele-Interpreters, un servicio que conecta con un intérprete y nos permite comunicarnos con cualquier miembro que no hable inglés. El servicio ha sido extremadamente rápido y confiable. Nadie debe sentirse como si el idioma fuera una barrera al comunicarse con un representante de HSLDA.
12. ¿ADMITE LA UNIVERSIDAD DE PUERTO RICO A LOS ESTUDIANTES EDUCADOS EN EL HOGAR?
La Universidad de Puerto Rico (UPR) acaba de establecer un programa experimental de cinco años para la admisión de estudiantes educados en el hogar. Cualquier estudiante educado en el hogar que se ha graduado de la escuela superior y que solicite admisión a la UPR, recibe un índice general de solicitud (IGS) que se obtiene por medio del resultado del College Board. Usted puede solicitar más información en admisiones@upr.edu. Esta fórmula se aplicará a los estudiantes educados en el hogar desde el año académico de 2003-2004.
13. ¿DÓNDE PUEDE ENCONTRAR MÁS INFORMACIÓN SOBRE LA EDUCACIÓN EN EL HOGAR?
HSLDA mantiene una página web con acceso a una gran cantidad de información sobre la educación en el hogar. Además, el Licenciado Michael Smith, Presidente del HSLDA, es el abogado asignado para la protección de la libertad de la educación en el hogar en Puerto Rico. El Lcdo. Smith y su ayudante, la Sra. Pat Ramírez, están disponibles para asistir a los educadores en el hogar en Puerto Rico. Además, HSLDA trabaja conjuntamente con el Licenciado Carlos Pérez-Sierra, un abogado de San Juan, para proveer consejos legales de forma inmediata a las familias que son miembros de HSLDA. Para más información sobre la membresía de HSLDA puede accesar la página www.hslda.org, o llamar al 540-338-5600.
En Puerto Rico la Educación en el Hogar es legal basado en la Sección 5 del Artículo II de la Constitución de PR. Por tanto, no hay que temer, sino tomar la educación de nuestros hijos con responsabilidad y proveyéndoles las herramientas adecuadas para impartir las materias correspondientes.
martes, 12 de octubre de 2010
ENLACES DE CIENCIA
ANATOMIA
http://www.anatomia.learningtogether.net/
http://www.suite101.com/blog/belinda14/anatomy_printables
http://www.bbc.co.uk/science/humanbody/
http://msjensen.cehd.umn.edu/webanatomy/
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http://www.teachingfirst.net/animalframe.htm
http://www.science-teachers.com/taxonomy_flashcards.htm
http://www.thebigzoo.com/zoo/
http://www.conciencia-animal.cl/paginas/temas/temas.php?d=905
http://www.smithlifescience.com/PH10-2Arthropods.htm
http://www.rcs.rome.ga.us/hargett/biology/arthpod/craydia.htm
http://virtual.yosemite.cc.ca.us/randerson/Biology/frog%20anatomy%20tutorial/frog.htm
http://www.suite101.com/content/invertebrate-coloring-sheet--a4293
BIOLOGIA/CIENCIA
http://www.emc.maricopa.edu/faculty/farabee/BIOBK/BioBookTOC.html
http://www.biology4kids.com/
http://www.biology-online.org/
http://www.middleschoolscience.com/life.htm
http://www.sciencenewsforkids.org/
http://www.ars.usda.gov/is/espanol/kids/index.html
http://www.cienciapr.org/
QUIMICA
http://www.chemistry-dictionary.com/
http://antoine.frostburg.edu/chem/senese/101/solutions/faq/why-salt-melts-ice.shtml
http://www.chem4kids.com/
FISICA
http://www.fearofphysics.com/
http://www.physicscentral.com/explore/pictures/
http://www.physics4kids.com/
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